Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1065/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, al debido proceso, la “seguridad jurídica”, por cuanto el Honorable Consejo Facultativo de Arquitectura y Urbanismo de la UTO, a través de las Resoluciones 155, 156 y 157 de 29 de diciembre de 2014 y la Convocatoria de 21 de noviembre de ese mismo año, le alejó de sus funciones de docencia que venía impartiendo desde hace más de 10 años atrás como docente extraordinario en la Facultad de Arquitectura de la referida Universidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR