Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
I.1.3. Petitorio
Solicitan se conceda la tutela, disponiéndose la restitución de manera inmediata del servicio de agua potable y medidor respectivo, asimismo, se ordene a la demandada se abstenga de realizar medidas de hecho que perturben o amenacen el servicio básico de agua potable; y por último, se condene en el pago de daños y perjuicios.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre
- cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.2. Análisis del caso concreto
- por la naturaleza de este derecho en su ejercicio individual, no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho
- CONFIRMAR