SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2015-S3

Fecha: 03-Nov-2015

II.3.

II.3.  Mediante nota SEM.GG.CAR-561/2015 de 16 de abril (fs. 38), el Gerente Ejecutivo a.i. de SEMAPA -hoy empresa tercera interesada-, comunicó al hoy accionante la existencia del informe SEM.GOP.INF.-230/2015 de 10 de marzo, en el cual el Jefe de Distribución de SEMAPA, indicó que el corte de servicio de agua denunciado no es debido a la empresa que presta el servicio y que de manera directa -la hoy demandada- Zirle Pacheco Herrera, mencionó que el corte lo provocó ella de manera interna, dentro del domicilio del hoy accionante (fs. 41 a 42).