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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2015-S1

    Fecha: 03-Nov-2015

    II.2.

    II.2. Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer, dictó el Auto de 26 de mayo de 2015, admitiendo la inclusión de los nombres Víctor Andrés Rengel   Valdivia y Ramiro Donato Canoa Machaca, en la imputación formal y el pedido de  aplicación de medidas cautelares (fs. 57).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1.Ratificación de la acción
    • b)
    • Con relación a la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y  Violencia contra la Mujer del departamento de La Paz: i)
    • Respecto a los Fiscales de Materia: a)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de libertad
    • III.3.  Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
    • 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se    impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponerla acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
    • III.4. Análisis del caso
    • CONFIRMAR

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