SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante ratificó los extremos demandados refiriendo además que al tomar conocimiento de la realización de un remate público participó de la puja y al ofrecer el monto más alto se adjudicó el lote 22, manzana "223" de la "zona Villa Bolívar", depositando dentro de plazo el monto total de lo ofertado, con la esperanza de adquirir el bien inmueble a través de una venta judicial; sin embargo, ese hecho no se efectivizó a pesar de haber transcurrido casi un año del cumplimiento de todos los requisitos, debido a que las autoridades demandadas imprimieron un procedimiento ajeno a lo establecido en el art. 545 del CPC.1976, al diferir su solicitud de aprobación del remate, dando lugar a la posterior petición de uno de los ejecutados, aspecto que a pesar de haber sido observado fue confirmado por el Juez ad quen, mediante una resolución incongruente, al fallar sobre hechos que no guardan relación no con el Auto apelado ni con los agravios referidos, lesionando sus derechos y garantías constitucionales.