SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2015-S1
Fecha: 05-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncio que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la propiedad y al debido proceso en sus vertientes de la seguridad jurídica, la legalidad, la congruencia, y la interpretación de la legalidad ordinaria, al haber desconocido que su persona cumplió a cabalidad los requisitos que viabilizaban la emisión de la aprobación del remate del lote 22, ubicado en la manzana "223", de la "zona el Villa Bolívar de El Alto, pronunciando de forma ilegal la Resolución 246/2014 de 15 de agosto, para beneficiar al ejecutado con el sobreseimiento del juicio, sin considerar sus reiterados pedidos de aprobación del remate, realizando una errada interpretación del art. 541 del CPC.1976; Fallo que a pesar de ser apelado el 11 de septiembre del mismo año, fue confirmado por el Juez ad quen también demandado a través de Resolución 30/2015 de 23 de enero, proferida con fundamentos forzados que lesionan el debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2.
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso, en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones
- derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado'
- III.3. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR