SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

denegó

El Juez Mixto de Partido y de Sentencia Penal de Guaqui del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/2015 de 11 de mayo, cursante de fs. 25 a 29 vta., denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: 1) Si bien la norma indica que se vulnera el derecho de petición, cuando no existe respuesta en un tiempo razonable; se entiende, por no vulnerada cuando se haya dado respuesta a la misma, aunque se niegue la pretensión expresada en el petitorio; 2) La certificación solicitada, se encontraba en despacho del Alcalde -ahora demandado- por más de tres meses, de la misma que se acompañó una copia en audiencia acreditando éste extremo; 3) Se establece que si bien los accionantes señalaron que se apersonaron al Gobierno Autónomo Municipal de Desaguadero, en dos oportunidades a solicitar su trámite, no existe prueba de lo señalado; y, 4) Respecto a la inexistencia del certificado presentado en audiencia que alegan los accionantes, se establece que el mismo es de 30 de enero de 2015, es decir, antes que se interponga la acción; además, el accionante obtuvo respuesta a las solicitudes efectuadas anteriormente y obtuvo acceso a la información solicitada.