Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su abogado, en audiencia, ratificaron los términos expuestos en su memorial de amparo constitucional; y, ampliándolo manifestaron que se apersonaron varias veces ante el Municipio de Desaguadero, realizando el seguimiento al trámite, sin recibir respuesta, prueba de ello es la reiteración del memorial presentado el 19 de diciembre de 2014; mediante el cual, solicitaron fotocopias legalizadas del trámite que no fueron entregadas, hecho que prueba el seguimiento realizado; y, en audiencia extraña que se presente un certificado de no propiedad y no el certificado de jurisdicción solicitado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PARA SU PROCEDENCIA
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- ARTÍCULO 33° (Notificación).
- REVOCAR