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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2015-S3

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.3.

    II.3. Mediante memorial dirigido al Alcalde hoy demandado, presentado el 19 de diciembre de 2014, se reiteró el cumplimiento de la orden judicial señalada o en su defecto se pidió respuesta fundamentada, solicitando fotocopias del trámite y del “Reglamento de requisitos de trámites”. En el “otrosí 7°”, se volvió a señalar en el domicilio del despacho de esa autoridad  (fs. 10 a 11).  

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • PARA SU PROCEDENCIA
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
    • Fragmento 12
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • ARTÍCULO 33° (Notificación).
    • REVOCAR

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