SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1108/2015-S1
Fecha: 05-Nov-2015
III.6. Análisis del caso concreto
En el presente caso, se tiene que la accionante estima lesionados sus derechos al debido proceso, a la legalidad, “seguridad jurídica”, a la defensa y a la propiedad privada, por cuanto las autoridades ahora demandadas, llevaron adelante el proceso de saneamiento simple con una serie de irregularidades, omisiones y errores de carácter insubsanable, no tomaron en cuenta los reclamos realizados de manera oportuna durante la tramitación del proceso de saneamiento con relación a su predio denominado “Bonanza II”; habiendo interpuesto demanda contenciosa administrativa, dictaron la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 34/2014, por el que declararon improbada la demanda y el memorial de subsanación interpuesta por Daniela Alejandra de Costas Cabrera, en representación de Blanca del Rosario Ortiz de Said, y en su mérito declararon subsistente la RA RA-SS 1009/2011, mediante el cual dieron por válido un procedimiento irregular, que básicamente sancionó con la reducción de la superficie de su predio y la declaración de tierra fiscal de la parte restante en la superficie de 186.9191 ha, a favor del INRA en representación del Estado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones
- el debido proceso es el derecho que tiene toda persona a un proceso justo y equitativo en el que esos derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar y comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales a fin que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución dictaminando una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- derecho a la defensa
- III.6. Análisis del caso concreto
- ha convalidado cualquier omisión o defecto de forma que se hubiera presentado en la misma
- CONFIRMAR