SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1116/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1116/2015-S2

Fecha: 03-Nov-2015

II.6.

II.6.    A través de la nota 352/2015 de 13 de mayo, el abogado de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, hizo conocer al Jefe Departamental de Trabajo, Luis Oswaldo Ortega Patiño que, se dio estricto cumplimiento a la conminatoria 009/2015, emanada por dicha entidad; mediante el memorándum de restitución 005/15 de 3 de abril de ese año, por el que se reincorporaba a la accionante, en el mismo cargo e ítem que ocupaba a momento de su desvinculación laboral (fs. 29). De otro lado, precisó que la impetrante de tutela, “no recogió el memorándum de restitución laboral desconociendo el motivo, como hace conocer el Director de Recursos Humanos mediante un informe adjunto a la presente”; por lo que, solicitaba se conmine a la nombrada a constituirse en dependencias del Municipio, a fin de recoger su memorándum y asista a su puesto de trabajo en el plazo máximo de veinticuatro horas, bajo pena de aplicarse el Reglamento Interno de Personal del Gobierno Autónomo Municipal (fs. 28).