Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1123/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.2.
II.2. Por memorial de acción de libertad, cursante de fs. 37 a 39, refirió que el 5 de junio de 2015, se realizó la audiencia de medidas cautelares por el Juzgado de turno -Juzgado Decimoprimero de instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz- en el cual se dispuso su detención preventiva, actuado que impugnó en audiencia, a través del recurso de apelación incidental conforme prevé el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La remisión de actuados pertinentes ante la apelación incidental conforme el art. 251 del CPP y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho.
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR