Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
La audiencia de consideración de la presente acción tutelar primeramente fue suspendida por falta de notificación a las partes, conforme se evidencia del acta de 28 de abril de 2015 (fs. 18); por lo que la misma se efectuó el 19 de mayo del año citado, según consta en el acta cursante de fs. 28 a 30, produciéndose los siguientes actuados:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección directa e inmediata otorgada por la acción de amparo constitucional ante medidas de hecho
- III.3.El derecho al agua y su reconocimiento en la Constitución Política del Estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR