Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
II.6.
...Esta Resolución podrá ser apelada por el trabajador únicamente ante el Ministerio de Trabajo, cuyo fallo será irrevisable”; de lo que se concluye que si la desvinculación laboral no fue producto de una Resolución emitida por la referida Comisión Mixta, no puede considerarse que el mismo fue producto de un proceso interno (fs.50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II. 4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15