Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionados sus derechos a la no discriminación, al debido proceso, a la dignidad, al trabajo, a una remuneración justa, equitativa y satisfactoria, a la igualdad jurídica y a la tutela judicial efectiva, citando al efecto los arts. 14.I y II, 21.2, 46.I.1 y II, 109, 113, 115, 117.I, 178 y 129 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Emilio Guzmán Peralta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 6
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR