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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2015-S3

    Fecha: 16-Nov-2015

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia, se deje sin efecto el Auto de Vista de 28 de octubre de 2014, y se emita un nuevo fallo regulando honorarios en cuanto a Fanor Cárdenas Cardona de acuerdo a la iguala pactada, más el 10% de la parte que le corresponde del monto recuperado, y en cuanto a Mary Luz Medrano se aplique el arancel del Colegio de Abogados más el 10% de la parte que le corresponde del mismo monto.

    • Emilio Guzmán Peralta
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 6
    • I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • Fragmento 12
    • excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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