Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.2.
II.2. Auto 182 de 17 de julio de 2014 pronunciado por la Jueza Tercera de Partido Mixta y Sentencia de Montero del departamento de Santa Cruz, que reguló honorarios profesionales que deberían pagar los litigantes ejecutantes Fanor Cárdenas Cardona y Mary Luz Medrano de Cárdenas a su abogado patrocinante, hasta antes de la transacción la suma de Bs5 000.- (fs. 2 a 3).
- Emilio Guzmán Peralta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 6
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR