Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
Edgar Molina Aponte y Adhemar Fernández Ripalda, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera y Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; e, Indira Paola Rivas Vargas, Jueza Tercera de Partido Mixta y de Sentencia Penal de Montero del mismo departamento, no presentaron informe ni se apersonaron a la audiencia, pese a su legal citación, cursantes de fs. 160 a 162 y 165.
- Emilio Guzmán Peralta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 6
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR