Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
II.8.
II.8. Cursa testimonio de mandato otorgado al ahora accionante por Jhenieffer Mariam Weissemberg Stover de López, Presidenta de la Universidad de San Francisco de Asís, para que en su condición de Rector represente a esta entidad en las demandas laborales que se inicien en contra de la Institución mandato con el que el accionante se apersono y asumió defensa por la entidad demandada, en el proceso laboral iniciado por Wilma Patricia Bejarano Jáuregui (fs. 114 a 118 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.4
- II.5
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el apremio en materia laboral
- III.2. Tratándose de personas jurídicas el apremio procede contra el personero que tenga facultades de disposición patrimonial
- emitir el mandamiento de apremio contra quien esté investido de la calidad de empleador y tratándose una persona jurídica, contra quien acredite la representación legal de la empresa;
- III.3. Análisis del caso concreto
- en el sentido de que, a los efectos de la aplicación del apremio corporal previsto por el art. 216 del CPT, tratándose únicamente de la trabajadora o el trabajador, no será necesario de que con carácter previo se proceda al remate de los bienes que se hubieren embargado o pudiesen embargarse,
- CONFIRMAR en todo