Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1184/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 29 de mayo de 2015, cursante de fs. 379 a 383, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Wilfredo Rojas Mérida y Beatriz Bustamante de Rojas contra Gualberto Terrazas Ibáñez y Lineth Marcela Borja Vargas, Vocales de la Sala Civil Primera y la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Winder Velasco Canelas, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- no puede inmiscuirse en esa labor particular, al estar compelido al cumplimiento de funciones diferentes (art. 196.I de la CPE), menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
- CONFIRMAR