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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1184/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1184/2015-S3

    Fecha: 16-Nov-2015

    II.2.

    II.2.  Por memorial de 31 de mayo de 2013, Beatriz Bustamante de Rojas -hoy coaccionante- interpuso incidente de nulidad de obrados, dentro del proceso ordinario de nulidad, hasta la citación con la demanda cursante  (fs. 119 a 123); que fue rechazado mediante Auto de 25 de octubre de ese año (fs. 142 a 143 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
    • en tres dimensiones distintas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • no puede inmiscuirse en esa labor particular, al estar compelido al cumplimiento de funciones diferentes (art. 196.I de la CPE), menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
    • CONFIRMAR

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