SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1201/2015-S2
Fecha: 11-Nov-2015
III.2.
En el caso en examen, la accionante denuncia que los Vocales y el Oficial de Diligencias, todos de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, hoy demandados, le habrían causado indefensión, ya que al no habérsele notificado personalmente en su domicilio real con el “Auto de Vista” que confirmó en apelación la sentencia condenatoria pronunciada en su contra, le impidieron interponer el recurso de casación, permitiendo de esa manera que se declare la ejecutoria de dicho fallo; en consecuencia, la expedición del mandamiento de condena; y que por otra parte el Juez co demandado le habría denegado su pedido de remitir el expediente ante el tribunal de apelación para la subsanación de la notificación que extraña, cuestionando además que el mandamiento de condena tenga una firma, es decir se alega la existencia de defectos procesales que en criterio del accionante se hallan vinculados al derecho a la libertad, razón por la cual corresponde dilucidar en primer término si corresponde su consideración dentro de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- 1)
- III.1.La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- i)
- CONFIRMAR en todo