Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1206/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
II.1.
II.1. Según Testimonio 245/2009 de 24 de julio, correspondiente a la Escritura Pública protocolizada por Esperanza Alcalá Román, Notaria de Fe Pública 5, consta la compra y venta de inmueble -Lote de Terreno- con una superficie de 5.820 m2, ubicado en la comunidad de Coroico Viejo en la Jurisdicción de Coroico, Provincia Nor Yungas del departamento de La Paz, que suscribe Florencio Pacheco Arroyo a favor de Luís Fernando Antonio Ramírez Alipaz y Diego Adrián Ramírez Niño de Guzmán (fs. 1 a 3 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Imposibilidad de dilucidar hechos controvertidos o definir la titularidad de derechos a través de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. En cuanto a
- Fragmento 17