Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1207/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denuncian la lesión de su derecho a la vida, al agua, la propiedad privada y las telecomunicaciones y a los principios de dignidad, legalidad y seguridad jurídica, citando los arts. 15.I, 16.I, 20.I, 22, 56, 109.I y 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 1, 3, 7, 17 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 4, 8, 11, 21, 24, y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 6, 14, 17, 23 y 24 del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (PIDCP) .
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II3.
- II.4.
- III.
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- …En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho.
- la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- En este contexto, debe establecerse además que la finalidad de la justicia constitucional en su ámbito tutelar, es el resguardo a derechos fundamentales, por cuanto, a través de esta instancia, no pueden analizarse hechos controvertidos cuya definición está encomendada al Órgano Judicial
- Fragmento 16
- III.2.
- Fragmento 18
- III.3.
- Sobre los estatutos y reglamentos de las asociaciones civiles
- Fragmento 21
- III.4.3. En cuanto a la protección
- Fragmento 23