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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1208/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1208/2015-S1

    Fecha: 16-Nov-2015

    II.5.

    II.5. El 7 de julio de 2015, Margoth Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, remitió una nota dando cumplimiento a lo dispuesto en la audiencia de 30 de junio del mismo año; de donde se establece que dicha autoridad, dejó transcurrir seis días para consultar la duda generada (fs. 61 a 63 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de libertad
    • III.3. El principio de celeridad en la administración de justicia
    • …impone a quien administra justicia el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas; exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal,
    • III.3.1. Con relación al principio ético moral "ama qhilla"
    • principio de celeridad
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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