Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1272/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.3.
II.3. A través de informe de 17 de julio de 2015, Lía Cardozo Veizan, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, señaló que son más de cuatro acciones de libertad que el accionante presentó con los mismos fundamentos y que fueron denegados. Asimismo, adjuntó fotocopia de la Resolución 37/2015 de 24 de junio, que vino en revisión a este Tribunal Constitucional Plurinacional, expediente al que se le asignó el número 10769-2015-24-AL (fs.33).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- cuando el recurrente interpone dos recursos contra las mismas autoridades recurridas y con los mismos fundamentos, haciendo un uso abusivo de este recurso constitucional, lo cual impide al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre el fondo de uno de los recursos
- Esta doble activación resulta inadmisible no sólo por la efectividad de los derechos, sino también por la saludable certeza de evitar duplicidad de fallos en los que concurran las cualidades detalladas
- III.2. Análisis del caso concreto
- por la SCP 1016/2015-S2 de 15 de octubre, expediente signado con el número 10769-2015-24-AL
- CONFIRMAR