Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1272/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
III.2. Análisis del caso concreto
Es menester en principio resaltar que, acorde a la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la justicia constitucional tutela el debido proceso mediante la presente acción de defensa, siempre que su transgresión constituya causal directa para la privación o restricción del derecho a la libertad del justiciable.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- cuando el recurrente interpone dos recursos contra las mismas autoridades recurridas y con los mismos fundamentos, haciendo un uso abusivo de este recurso constitucional, lo cual impide al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre el fondo de uno de los recursos
- Esta doble activación resulta inadmisible no sólo por la efectividad de los derechos, sino también por la saludable certeza de evitar duplicidad de fallos en los que concurran las cualidades detalladas
- III.2. Análisis del caso concreto
- por la SCP 1016/2015-S2 de 15 de octubre, expediente signado con el número 10769-2015-24-AL
- CONFIRMAR