Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1295/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.3.
II.3. La Resolución de indulto 302/15 de 28 de abril de 2015, emanado por la Dirección Departamental del Régimen Penitenciario de Santa Cruz, que en la parte resolutiva dispone conceder el indulto a la pena privativa de libertad a Lenny Evelyn Revollo Gutiérrez, a fin de dar cumplimiento a la Resolución debió ponerse en conocimiento del Juez Tercero de Ejecución Penal, para que homologue el mismo y libre el mandamiento de libertad (fs. 22 a 24).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- el Tribunal Constitucional, se adopta el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, como mecanismo extraordinario idóneo para reclamar las dilaciones indebidas ocasionadas por actos u omisiones de las autoridades jurisdiccionales, que ocasionan dilaciones indebidas que inciden en lesión al derecho a la libertad de quien activa esta acción tutelar, a efecto de que por intermedio de esta vía, la vulneración sea reparada de manera efectiva y ágil”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo