AUTO CONSTITUCIONAL 0347/2015-RCA
Fecha: 23-Dic-2015
a)
Solicita se conceda la tutela de sus derechos y se determine lo siguiente: a) Por la Contraloría General del Estado y Sub-Contraloría de Asuntos Legales, conforme a los alcances de la SC 0021/2007, que deroga el art. 50 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República, se cumpla con el procedimiento de aclaración del informe de auditoría especial EX/EP20/F02-N1, relativo a los presuntos indicios de responsabilidad penal determinados en su contra, conforme a los arts. 39 y 40 del referido Reglamento; b) De acuerdo con el instructivo I/CI-014 y Resolución CGR/069-A/2008, emitida por la actual Contraloría General del Estado, y dentro el plazo de diez días establecidos a partir de la concesión de la tutela, se devuelva el informe de auditoría interna UAI 002/2002, a la entidad pública rectora y custodio de sus archivos; es decir, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para que cumpla con el procedimiento de aclaración de conformidad a los arts. 39 y 40 del citado Reglamento; y, c) Por los principios de dirección, concentración, inmediación, legalidad, tipicidad, igualdad procesal y debido proceso, se aplique el procedimiento de aclaración de los citados informes de auditoría, ya que de ello depende la existencia de cualquier tipo de responsabilidad que pueda atribuírsele y la suspensión del proceso penal, en tanto se tramite el procedimiento de aclaración, de cuyo resultado procederá la extinción de la acción penal y el consiguiente archivo de obrados.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Normas constitucionales o legales supuestamente incumplidas.
- a)
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedencia
- i)
- Fragmento 8
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de cumplimiento
- art. 12 de la CPE, el órgano judicial es el encargado de aplicar las normas para resolver los problemas jurídicos que se le presenten, y en el desarrollo de dicha función, evidentemente deberá cumplir con los deberes que las normas le imponen
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR