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    AUTO CONSTITUCIONAL 0347/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0347/2015-RCA

    Fecha: 23-Dic-2015

    Fragmento 12

            En ese orden, el Tribunal de garantías, que conoció la presente acción, emitió la Resolución 53/15 de 20 de noviembre de 2015, cursante de         fs. 155 a 156, declarando la improcedencia de la misma, al considerar que no existió congruencia entre los hechos que justifican el petitorio y el fundamento.

    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.2. Normas constitucionales o legales supuestamente incumplidas.
    • a)
    • I.4. Resolución del Tribunal de garantías
    • improcedencia
    • i)
    • Fragmento 8
    • II.2. Causales de improcedencia de la acción de cumplimiento
    • art. 12 de la CPE, el órgano judicial es el encargado de aplicar las normas para resolver los problemas jurídicos que se le presenten, y en el desarrollo de dicha función, evidentemente deberá cumplir con los deberes que las normas le imponen
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 12
    • CONFIRMAR

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