Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2015
Fecha: 16-Dic-2015
II.
II. Las naciones y pueblos indígena originario campesinos de los Distritos Municipales Indígena Originario Campesinos elegirán a su(s) representante(s) ante el Concejo Municipal de acuerdo a sus normas y procedimientos propios de acuerdo a lo establecido en las Leyes Municipales en concordancia con las leyes nacionales en vigencia.
- Fragmento 1
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 6
- 5.2
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0152/2015
- Fragmento 9
- II.
- corresponde declarar nuevamente la incompatibilidad constitucional del art. 16.II del proyecto de Carta Orgánica, haciendo notar que la reformulación de la disposición cuestionada,
- compatibilidad
- 16.
- Fragmento 14
- Primero.-
- Segundo.-
- y que en el caso presente genera la incompatibilidad constitucional de la integridad del art. 47 del proyecto de Carta Orgánica.
- I.
- 1.
- Disposiciones suprimidas
- 3º EXHORTAR