DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2015
Fecha: 16-Dic-2015
III.
Habiéndose pronunciado la DCP 0152/2015, la cual declaró la incompatibilidad de frases, términos y el contenido íntegro de algunos artículos del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Cotagaita, Kenny Salvador Chambi y Cladis Norma Ortega Cano, Presidente y Secretaria del Concejo Municipal de Cotagaita, provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, remitieron en consulta el Proyecto modificado considerando haber readecuado el mismo.
Por consiguiente, corresponde someter a juicio de constitucionalidad el Proyecto, para determinar su compatibilidad o incompatibilidad con las normas constitucionales, labor que le encomienda al Tribunal Constitucional Plurinacional por mandato del art. 202.1 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 6
- 5.2
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0152/2015
- Fragmento 9
- II.
- corresponde declarar nuevamente la incompatibilidad constitucional del art. 16.II del proyecto de Carta Orgánica, haciendo notar que la reformulación de la disposición cuestionada,
- compatibilidad
- 16.
- Fragmento 14
- Primero.-
- Segundo.-
- y que en el caso presente genera la incompatibilidad constitucional de la integridad del art. 47 del proyecto de Carta Orgánica.
- I.
- 1.
- Disposiciones suprimidas
- 3º EXHORTAR