SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015
Fecha: 17-Dic-2015
I.1.1. Resolución CJPMPDLE 060/2013-2014 de 21 de noviembre de 2013, de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional
En los antecedentes, se hace referencia a que el 7 de marzo de 2013, Gabriela Cinthia Armijo Paz, presentó querella contra Juan Ricardo Soto Butrón, ambos en calidad de Magistrados del Tribunal Agroambiental, por la presunta comisión de los delitos de discriminación e insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios, tipificados en el Código Penal, por haber sufrido supuesto maltrato moral psicológico y violencia física. Dicha denuncia fue remitida al Comité del Ministerio Público y Defensa Legal del Estado el 20 de igual mes y año
El 14 de octubre de 2013, el Comité del Ministerio Público y Defensa Legal del Estado remitió informe preliminar CMPDLE 23/2013-2014, el mismo que en cumplimiento del art. 30 de la Ley 044 de 8 de octubre de 2010, fue aprobado por la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado, informe en el que se recomendó remitir a la autoridad competente la querella presentada por Gabriela Cinthia Armijo Paz contra Juan Ricardo Soto Butrón, por considerar que los delitos motivo de la investigación no son considerados delitos de juicios de responsabilidad en el ejercicio de sus funciones que prevé la Ley 044 y por lo tanto no se podía asumir competencia para conocer los delitos mencionados. Asimismo, dispuso remitir la denuncia y el cuaderno de investigación al Ministerio Público dentro de los tres días siguientes a la aprobación de la resolución a la Fiscalía General del Estado para que prosiga con la investigación respecto a los delitos de discriminación, insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios (fs. 186 a 190).
- conflicto de competencias y atribuciones entre Órganos del Poder Público
- I.1.1. Resolución CJPMPDLE 060/2013-2014 de 21 de noviembre de 2013, de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- I.1.2. Auto 334/2014 de 10 de junio del Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca
- I.1.3. Remisión del conflicto
- admitió
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- Fragmento 11
- III.2. El juicio de responsabilidades como procedimiento cualificado
- III.3. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE