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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2015-S1

    Fecha: 07-Dic-2015

    II.2.

    II.2. Cursa certificación emitida por la Secretaria del Juzgado de Sentencia Penal Primero del departamento de Oruro, que indica: “El 5 de enero de 2015, fue resuelta la resolución de reparación de daños y perjuicios, donde las partes han sido notificadas de acuerdo al Art. 160 del C.P.P.” (sic) (fs. 25).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo
    • III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • en el caso de dictarse durante las audiencias orales, deberán notificarse en el mismo acto por su lectura
    • Las que se dicten durante las audiencias orales
    • Fragmento 17
    • III.5.
    • POR TANTO

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