Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
II.3.
II.3. El accionante a través de memorial presentado el 11 de febrero de 2014, solicitó a los miembros del Tribunal Administrativo de la DDE de La Paz, que en vista de haberse desestimado el recurso que presentó se fije nuevo término probatorio (fs. 11); empero, fue negado por Auto de 12 de ese mes y año, determinándose la notificación con el citado Auto en Secretaría del Tribunal Administrativo (fs. 11 vta.); notificándose al accionante ese mismo día en el panel de notificaciones (fs. 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- REVOCAR