Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1267/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
II.5.
II.5. Por Resolución de conminatoria D.T.L.P. D.S. 0495/FTBM 004/2015 de 3 de febrero, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo de La Paz, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dirigida a la Empresa EMAVERDE, determinó la reincorporación de los hoy accionantes de manera inmediata al mismo puesto que ocupaban al momento del despido injustificado, además del pago de salarios devengados y demás derechos sociales. Con dicha Resolución fue notificado EMAVERDE, el 3 de febrero de 2015 (fs. 25 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la protección del derecho al trabajo y a la estabilidad laboral
- la estabilidad laboral
- de consolidar la protección de la estabilidad laboral
- III.3. Análisis del caso concreto