Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
II.2.
II.2. A través de la nota de 26 de agosto de 2014, el accionante solicitó fotocopia legalizada del informe que sirvió de fundamento para la sanción dispuesta en el referido Memorándum ante la autoridad demandada (fs. 2 a 3) la misma fue denegada a través de nota cite: EIS PDM/R 465/14 de 2 de septiembre del mismo año (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 6
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable; y, d)
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR