Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
II.3.
II.3. Por notas de 5 y 10 de septiembre, 3 y 10 de diciembre todas del 2014, el accionante reitera solicitud de fotocopias legalizadas de los informes por los cuales se le sancionó, ante la autoridad demandada (fs. 6 a 7 y 15 a 16); las cuales, nuevamente fueron rechazadas arguyendo que dichos documentos son confidenciales y además que ya fueron remitidos a la Dirección Departamental de Educación de La Paz (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 6
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable; y, d)
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR