SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1275/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1275/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

1)

La empresa accionante a través de su representante, ratificó los términos de la acción presentada y agregó que: 1) Ante la orden de congelamiento y retención de cuentas, presentó memorial solicitando se deje sin efecto la solicitud de la autoridad tributaria conforme establece el Código Tributario Boliviano; sin embargo, la autoridad demandada hizo que el Banco Unión retenga más de UFV’s346 000.- (trescientos cuarenta y seis mil unidades de fomento a la vivienda), transgrediendo el art. 131.II del CTB, el debido proceso en la aplicación objetiva de la ley, la presunción de inocencia, el derecho al comercio, dado que se ha dejado en un posible estado de quiebre a la empresa; y, 2) En relación al embargo de los bienes de la entidad, no se debe olvidar que el Código Civil señala cuales son los inembargables, al haber dado curso al embargo se vulneró su derecho al comercio, es decir, al estar dedicado a dicha actividad, esos bienes no son suceptibles de embargo, mismos que están protegidos por el art. 47.I de la CPE. Por lo que solicitó se conceda la tutela.