SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1275/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1275/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso administrativo Orden de Fiscalización 14990100015, la Gerencia de Grandes Contribuyentes (GRACO) Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), emitió la Resolución Determinativa 17-00049-15 de 25 de febrero de 2015, a través de la cual se determinó de oficio por conocimiento cierto de la materia imponible de las obligaciones impositivas del contribuyente KOINTRA Ltda., UFV’s16 470 819.- (dieciséis millones cuatrocientos setenta mil ochocientos diecinueve unidades de fomento a la vivienda), equivalente a la fecha de emisión de la Resolución a Bs33 439 339.- (treinta y tres millones cuatrocientos treinta y nueve mil trescientos treinta y nueve bolivianos), correspondientes al tributo omitido, mas intereses y sanción, por omisión de pago de Impuestos sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) de la gestión fiscal 2011, Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Transacciones (IT) de los periodos de enero a diciembre de 2011 respectivamente, en aplicación de los arts. 47 y 165 del Código Tributario Boliviano (CTB) y 42 del Decreto Supremo (DS) 27310 de 9 de enero de 2004 y de la Resolución Normativa de Directorio “10-0025-10” (sic).

Asimismo, entre otros, se calificó la conducta del contribuyente KOINTRA Ltda., como omisión de pago por el IUE de la gestión 2011, el IVA y el IT, aplicándole una sanción equivalente al 100 % sobre el tributo omitido, determinado a la fecha de vencimiento, UFV’s7 203 446.- (siete millones doscientos tres mil cuatrocientos cuarenta y seis unidades de fomento a la vivienda), otorgando al contribuyente veinte días calendarios a partir de su legal notificación con la Resolución, para que deposite el total de la deuda tributaria.