SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1275/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
en casos de avasallamientos, el juez competente para conocer lo principal también lo es para conocer lo accesorio
Asimismo, la SC 0382/01-R de 26 de abril de 2011, citada por la SCP 1013/2014 de 6 de junio de 2014, estableció que: “…el procedimiento penal también es un desarrollo de la Constitución de ahí que su propósito no sea solo el de determinar la comisión de delitos sino de resguardar los derechos que justamente son protegidos por los tipos penales, en este sentido, corresponde modificar dicho entendimiento en sentido de que en casos de avasallamientos, el juez competente para conocer lo principal también lo es para conocer lo accesorio…˝ (las negrillas fueron añadidas).
Por lo expuesto, se concluye que los citados fallos jurisprudenciales consolidan la línea de protección que otorga la justicia constitucional ante medidas de hecho; empero, aclararon que ante la existencia de hechos controvertidos y la ausencia de certeza respecto a los hechos denunciados, no es posible que la jurisdicción constitucional pueda aperturarse para tutelar los mismos, máxime si la jurisdicción penal fue abierta de manera previa; pues, corresponde a la misma -con mayores elementos de prueba-, el resguardo y tutela de los derechos denunciados aun de manera provisional a través de medidas precautorias; elementos que corresponderán ser analizados y valorados en cada caso en concreto, tomando en cuenta la inmediatez en la protección de los derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- DE LA TOTALIDAD DEL LOTE SOLO SE REALIZA CON FINES DE REGISTRO EN LA ALCALDIA Y DERECHOS REALES, LA SUPERFICIE RESTANTE DE 9 METROS TIENE UNA DIMENSIÓN DE TRES METROS POR 3 METROS Y QUE ES DE USO EXCLUSIVO DE LOS VENDEDORES
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
- en casos de avasallamientos, el juez competente para conocer lo principal también lo es para conocer lo accesorio
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR