Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1285/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
III.2 Análisis del caso concreto
Antes de ingresar al examen de la problemática planteada, corresponde establecer que se limitará al análisis de la Resolución de segunda instancia, ello debido a que los Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental -hoy demandados- son los llamados a revisar de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia, los fallos emitidos por los jueces agroambientales, marco dentro del cual corresponde pronunciarse directamente sobre la Resolución de segunda instancia, pues es a través de ésta que se deben analizar los supuestos actos de vulneración de derechos fundamentales en que pudieran haber incurrido los citados jueces.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2 Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR