SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1363/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1363/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

III.3. De la legitimación pasiva de los órganos colegiados

     En el contexto de las normas citadas, la SC 0691/2001-R de 9 de julio, citada en la SCP 0671/2015-S3, de 17 de junio, señaló que la legitimación pasiva consiste en la “…calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción…”.

     La SCP 0142/2012 de 14 de mayo, señaló que: “En el marco de lo señalado, la acción de amparo constitucional, está configurada como un verdadero mecanismo idóneo, oportuno y eficaz para la tutela de derechos fundamentales, cuando su protección no se encuentre dentro del ámbito de aplicación de otros mecanismos de defensa o pueda ser tutelada por otros idóneos de defensa a los derechos fundamentales.