Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.6.
II.6. El demandante de tutela, el 19 de enero de 2015 interpuso recurso de apelación contra la Resolución Final R.F.P.A.D. 01/2014; instancia en la cual, el Director Departamental de Educación del departamento de Potosí, pronunció la RA DDE-PT 001/2015, determinando responsabilidad del accionante por haber incurrido en la irregular destitución de la Secretaria del CEA y revocó en parte la Resolución revocada en cuanto a la sanción imponiéndole 15 días de suspensión sin goce de haberes (fs. 120 a 124; 129 a 130 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2.
- III.3. A
- Fragmento 18
- 1° REVOCAR en parte
- 2° Dejar sin efecto,