SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1480/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1480/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En abril de 2014, ingreso a trabajar al Banco Unión S.A. Regional Beni hasta el 20 de Julio de 2015, pues mediante memorándum le agradecieron de sus servicios sin antes iniciarle un proceso interno, pese a que su cónyuge Esmeralda Alba Apo Medina se encontraba en estado de gestación, por lo que contaba con la protección constitucional de inamovilidad funcional como padre progenitor, que en su caso, sería aplicable el Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de Febrero de 2009, el cual garantiza la inamovilidad funcionaria de las madres que se encuentren en estado de gestación y de los padres progenitores, hasta que los hijos tengan un año de edad; considerando el hecho de que su cónyuge tenía dos meses y medio de embarazo, encontrándose también bajo la protección de la “Ley 975” y el segundo acápite del art. 48.VI de la Constitución Política del Estado (CPE).

Finalmente, la amplia jurisprudencia sostiene sobre la inamovilidad de “padres gestantes” por su estado de gravidez, no pueden ser arbitrariamente destituidos sin que antes se le instaure un proceso dentro del cual ejerza sus derechos y garantías esenciales, pues toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro o carácter.