Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1480/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.3.
II.3. A través del Memorándum CITE ME/RRHHBE/0181/2015 de 20 de julio, las autoridades hoy demandadas, hicieron conocer que la investigación habría concluido, por lo que se le informó que el proceso de suspensión quedó sin efecto, requiriendo se presente en la Agencia de Rurrenabaque el 20 de julio de 2015 (fs. 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Que se hubiese conformado con dicho acto o lo hubiese admitido por manifestaciones concretas de su voluntad
- III.3.
- CONFIRMAR en todo