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    AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2015-RCA

    Fecha: 02-Feb-2015

    Fragmento 8

    Que la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Martín” Ltda., Comunal representado, tomó conocimiento del Auto Supremo ya enunciado,  una vez que fue remitido al Juzgado de origen a momento de emitirse el decreto de “cúmplase”, por el Juez de la causa, el 17 de junio de 2014, y notificado el 18 de igual mes y año, extremo por el cual considera que el cómputo para la inmediatez debiera ser a partir de esa fecha. 

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • improcedencia
    • Fragmento 7
    • Fragmento 8
    • Fragmento 9
    • I
    • la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
    • II.3.  De la notificación de los autos supremos y el cómputo de plazo para interponer la acción de amparo constitucional
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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