DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2015
Fecha: 23-Feb-2015
II. COMPETENCIAS CONCURRENTES EN FOMENTO AL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y PROMOCIÓN DE EMPLEO
1. Asistencia técnica y capacitación a productoras y productores a través de programas y proyectos de investigación e innovación tecnológica, investigación de mercados, gestión de calidad, gestión de procesos, fortalecimiento a organizaciones productivas, calidad, marketing, elaboración de planes de negocios para la micro, pequeña y mediana empresa, rueda de negocios, capacitación para la transformación de productos primarios.
3. Facilitación al acceso al sistema financiero a productoras y productores a través del apoyo a la micro y pequeña empresas, empresas comunitarias y otras instancias de emprendimientos económicos y productivos, para la conformación de fondos de garantías, capital semilla, capital riesgo, subsidios a los costos de transacción y seguros u otros mecanismos de financiamiento público-privado, mediante normativa específica, se determinarán los procedimientos a ser aplicados.
4. Provisión de servicios básicos, de comunicación y aseo, infraestructura y equipamiento de centros productivos, centros de acopio, centros artesanales, maqui centros, centros de promoción turística, centros feriales, centros de formación y/o capacitación para la producción, centros de investigación y desarrollo, incubadoras de empresas (formación y capacitación de nuevos emprendedores), zonas y parques industriales y/o tecnológicos.
6. Promoción de empleo a través de la participación operativa en programas nacionales de generación de empleo temporal y permanente, el desarrollo de programas de capacitación, seguimiento del mercado laboral y creación de bancos de empleo. Se pondrá particular atención en los grupos vulnerables y mujeres jefas de hogar.
12. Contratación de mano de obra local para la ejecución de programas, planes y proyectos municipales de generación de empleo temporal, con dotación de equipamiento, materiales y supervisión, en el marco de sus competencias. Se pondrá especial atención a sectores vulnerables y mujeres jefas de hogar.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Admisión
- incompatibilidad
- III.1. El Estado Plurinacional de Derecho con autonomías
- III.2. El control de constitucionalidad de proyectos de normas básicas autonómicas
- III.3. La autonomía y el ejercicio competencial pleno y relativo
- III.4. El control social
- Fragmento 8
- III.5.El Municipio
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.6. Análisis de compatibilidad
- Texto original
- Texto modificado
- compatibilidad
- incompatiblidad
- (Eliminado)
- compatible
- 3. Facultad fiscalizadora.-
- 4. En materia organizativa y administrativa del propio Concejo Municipal.-
- II. SALUD
- I..SON COMPETENCIAS EXCLUSIVAS EN MATERIA DE DESARROLLO TERRITORIAL URBANO Y RURAL
- II. COMPETENCIAS CONCURRENTES EN MATERIA DE DESARROLLO HUMANO INTEGRAL E INFRAESTRUCTURA
- IV. COMPETENCIAS CONCURRENTES EN SEGURIDAD CIUDADANA
- II. COMPETENCIAS CONCURRENTES EN FOMENTO AL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y PROMOCIÓN DE EMPLEO
- Fragmento 27
- Artículo 83º (Aplicabilidad y Procedimiento de Revocatorio de Mandato)
- Artículo 84º (Naturaleza del Referendo)
- “I.
- 3. Bienes Sujetos a Régimen Privado
- 5. Bienes de Régimen Mancomunado:
- 6.
- Artículo 182º (Integralidad Orgánica, Temática y Territorial de la Participación Social)
- Artículo 186º (Control Social a la Gestión Municipal)
- II.
- Artículo 189º (Control Social Sostenido al ámbito público, privado y ciudadanía)
- Con relación a los arts. 181, 182, 184, 185, 186, 187, 188 y
- III.7. Consideraciones Finales
- 1º
- 4º