DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2015

Fecha: 23-Feb-2015

Fragmento 37

Ahora convertido en art. 42:(DEFENSOR DEL CIUDADANO) El defensor del ciudadano es una persona presentada en terna ante el Concejo Municipal, sus funciones se regirán bajo los principios de gratuidad, accesibilidad, celeridad, transparencia y solidaridad, el ejercicio de sus funciones serán normados por Ley Municipal.