Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
II.3.
II.3. Planilla de sueldos del personal “de contrato” correspondiente al mes de agosto de 2013, por cuatro días trabajados, siguientes al último contrato suscrito, en la que se consigna a Catalina Jiménez Flores como encargada de limpieza de la posta de salud Irpa Irpa y cuyos aportes al Fondo de Ahorro Previsional Futuro de Bolivia de la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), fue cumplida con cotizaciones al mes de agosto de 2013 (fs. 14 y 32 a 34).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- 1)
- Sinforiano Paniagua Condori, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Capinota,
- concedió
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la libertad sindical y el fuero sindical
- III.2. Del bloque de constitucionalidad con relación al Convenio 98 de la OIT
- III.3. Estabilidad laboral reforzada de los representantes sindicales
- III.4. Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR